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FOCUS - Africa N. 2 - 14/07/2014

 Marruecos tras la Constitución de 2011: reciprocidad en el derecho de sufragio de los extranjeros y otros elementos de interacción constitucional

Entre las diversas manifestaciones de la denominada primavera árabe surgida entre 2010 y 2013, con especial protagonismo del norte de África, destaca la vía reformadora adoptada por Marruecos a través de la aprobación de la Constitución de 1 de julio de 2011 (en adelante, CM), cuyo Preámbulo califica de “irreversible” su decisión de construir un Estado democrático basado en los principios de participación, pluralismo y buen gobierno, y cuyo articulado establece una Declaración de Derechos que promueve la participación política de los marroquíes y abre una puerta a los convenios de reciprocidad con los Estados europeos para que los inmigrantes marroquíes puedan ejercitar el derecho de sufragio en las elecciones locales. Según el artículo 30 de la Constitución del Reino de Marruecos, aquellos extranjeros que residen en Marruecos podrán participar en las elecciones locales en virtud de la ley, de la aplicación de convenios internacionales o de prácticas de reciprocidad. En este contexto transformador, la reforma constitucional y política de 2011 debe ser objeto de tres consideraciones que acreditan su importancia, al menos formal, y su impacto sobre los actuales procesos de modernización e interacción de los sistemas políticos árabes... (segue) 



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